Términos y condiciones

Garantías

El Usuario, en tanto que consumidor y usuario, goza de garantías sobre los productos que haya adquirido, en los términos legalmente establecidos para cada tipo de producto, respondiendo, por tanto, por la falta de conformidad de los mismos que se manifieste en un plazo de dos años desde la entrega del producto.

Las condiciones de garantía comercial del tercer año únicamente serán válidas para productos adquiridos a partir del 1 de enero de 2022 (mostrar en la web), con la aplicación de la nueva ley de garantías, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-Legislativo 7/2021, de 27 de abril, (en adelante “Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, o LGDCU”). Las condiciones de garantía aplicables en el período de garantía comercial o de extensión de garantía son las descritas en los documentos adjuntos al producto; certificado de garantía y manual de instalación del producto.

En ningún caso los datos que se hacen constar en el momento del registro del producto serán dados por oficiales. El usuario siempre deberá disponer de una factura de instalación o un documento acreditativo de la fecha de inicio de funcionamiento del producto que será la fecha tomada como fecha de inicio de garantía.

Packs de mantenimiento
DEFINICIONES PREVIAS

ARISTON: Ariston Thermo España, S.L.u o el Servicio Técnico Oficial, SATO de ahora en adelante, de la marca que designe ARISTON para llevar a cabo las siguientes intervenciones, bajo las condiciones que comprende el presente Contrato de Servicio.

USUARIO: La persona, física o jurídica, que suscribe el presente contrato, y a la que corresponden los derechos y obligaciones que del mismo se deriven.

  1. OBJETO
    ARISTON se compromete a través de su SATO de la marca a realizar la asistencia técnica y el mantenimiento preventivo y correctivo del modelo especificado en este documento en función del servicio contratado.
  2. DURACIÓN Y TERMINACIÓN
    1. Este contrato entrará en vigor el día de su firma y tiene una duración de un (1) año, y se prorrogará a través de la web a su vencimiento por sucesivos periodos de un (1) año.
    2. Las sucesivas prórrogas de la modalidad de contrato PREMIUM están limitadas como máximo hasta que la caldera alcance los 7 años de antigüedad desde la fecha de puesta en marcha realizada por el SATO. A partir de entonces, el contrato de servicio se convertirá automáticamente, salvo denuncia de las partes, en contrato MEDIUM.
    3. En caso de ya haberse contratado un servicio MEDIUM o BASIC, las sucesivas prórrogas serán manteniendo la misma modalidad de servicio contratado.
  3. CONDICIÓN
    La aceptación de este contrato está supeditada a la revisión del aparato por parte del CAT, si este lo considera necesario.
  4. COBERTURAS MODALIDAD BASIC
    1. Una (1) visita anual al domicilio del usuario en concepto de revisión de mantenimiento según lo establecido en el manual del producto y en RITE. La fecha de dicha revisión anual será propuesta por el Servicio Técnico Oficial y concertada con el USUARIO y se realizará preferentemente durante los meses de marzo a septiembre.
    2. Mano de obra y desplazamiento de dicha revisión.
  5. COBERTURAS MODALIDAD MEDIUM
    1. Las coberturas expresadas en el punto 4.
    2. Mano de obra y desplazamiento de las averías.
    3. Podrá simultanearse la revisión anual con cualquier trabajo de reparación de averías, siempre que surja en los tres (3) meses anteriores al vencimiento anual del contrato y a partir de los tres (3) meses desde el mismo. Se establece dicho marco temporal para favorecer que las revisiones estén suficientemente distanciadas como para cumplir su función de revisión anual.
  6. COBERTURAS MODALIDAD PREMIUM
    1. Las coberturas expresadas en el punto 5.
    2. Piezas de recambio originales incluidas.
    3. Servicio de Asistencia Online y gestión en remoto a través del SATO mediante la conectividad de su producto.
  7. EXCLUSIONES
    No quedan cubiertas por este contrato y, por tanto, quedan excluidas:
    1. Las averías producidas por las siguientes causas: Cualquier supuesto de fuerza mayor, por ejemplo; inundación, congelación, entrada de aguas, revoco de humos, condensaciones, incendio, aguas duras y/o alcalinas o análogas, descargas eléctricas y/o alteraciones en el suministro eléctrico, de agua o de combustible. Negligencias o uso inadecuado por parte del usuario o terceros ajenos a este contrato. Corrosión o rotura de todo material no suministrado con el aparato (radiadores, instalación, etc.). Averías producidas por causas ajenas al aparato objeto de este contrato. Todo uso o instalación inadecuada o deficiente. Se excluyen trabajos puntuales de descalcificación del aparato y todos los componentes y elementos que puedan sufrir daños por causa de las aguas duras, corrosivas o con contenidos de impurezas. Fallos que puedan derivarse directa o indirectamente de no cumplirse estrictamente las normas e instrucciones del manual de usuario proporcionado por el fabricante, el CAT o cualquiera de sus técnicos de servicio.
    2. Los accesorios y elementos tales como ánodos de magnesio, cápsulas de llenado (CO2 o N2), pilas, materiales consumibles, aceites, grasas, reductores PH del agua, reductores de presión, limpiadores, líquido descalcificador, dispositivos magnéticos de tratamiento del agua, etc. Los accesorios conectados al aparato objeto de este contrato como acumuladores, termostatos de ambiente, mandos a distancia, programadores, salida de los productos de la combustión (chimeneas), etc. Transformaciones o modificaciones de las características originales del aparato o de la instalación.
    3. Labores habituales a realizar por el usuario: Programación horaria, rearmes, encendidos y apagados, llenado de instalación y similares.
    4. Quedan asimismo excluidas las averías causadas por la negativa del usuario a seguir las recomendaciones especificadas por los técnicos del CAT respecto a la substitución o reparación de cualquier elemento, accesorio, repuesto o similar del aparato objeto de este contrato o de la instalación de la cual forma parte o a la que está conectado y que perjudique a su normal funcionamiento.
  8. OBLIGACIONES DE ARISTON
    1. El SATO asignado por Ariston y sus técnicos de servicio están en posesión de las autorizaciones administrativas y seguros de responsabilidad civil exigidos por la legislación vigente.
    2. El SATO asignado por Ariston cumple estrictamente las normas que rigen su actividad y está sujeto a rigurosos controles impuestos por su certificación ISO 9001-2015.
    3. Ariston podrá modificar los términos de este contrato y sus estipulaciones para adaptarlo a las normas imperativas de los organismos públicos competentes.
    4. La atención telefónica y la recepción de avisos tendrá lugar en horario de oficina, de lunes a viernes excepto para la solicitud de servicios especiales en días festivos y fines de semana, en cuyo caso serán recepcionados también en horario de oficina, excepto el 25/12 y el 1/01.
    5. La actividad del SATO asignado por Ariston expresada en este contrato está regulada por la Ley 21/1992 de 16 de julio y los R.D.58/1988 de 28 de enero, R.D. 1027/2007 de 20 de julio y R.D. 919/2006 de 28 de julio.
  9. OBLIGACIONES DEL USUARIO
    1. El usuario se obliga a realizar por su cuenta y responsabilidad cuantos trabajos previos sean convenientes o necesarios para asegurar la accesibilidad de los técnicos de servicio del SATO al aparato a fin de realizar las revisiones o intervenciones objeto de este contrato como por ejemplo el desmontaje y separación de muebles, estructuras e instalaciones que dificulten el acceso al mismo. En todo caso, estos costes serán asumidos por el usuario.
    2. El usuario requerirá a ARISTON para que le realice la revisión pactada según lo previsto en los artículos 25 y 26 del R.D. 1027/2007 de julio. Y 26 del R.D. 1027/2007 de 20 de julio.
    3. El cliente comunicará por escrito a ARISTON cualquier cambio en el producto
  10. GARANTÍAS
    1. El SATO, determinará si las averías del aparato constituyen o no una falta de conformidad, de acuerdo a lo dispuesto en el R.D. Ley 7/2021 y, en su caso, si dichas averías están o no amparadas por la garantía legal o comercial del fabricante.
    2. En su actividad, el SATO cumple con lo señalado en el R.D. 58/1988, de 29 de enero.
    3. Los servicios prestados por el SATO quedan amparados por una garantía de doce meses, con independencia de la garantía legal propia del vendedor o la garantía comercial del fabricante.
  11. PRECIOS
    1. El importe anual del presente contrato es el expresado en el anverso. Los importes serán revisados cuando se cumpla cada anualidad en función de la variación experimentada en dicho periodo, conforme al Índice de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro órgano que lo sustituya.
    2. Ariston se reserva el derecho de modificar el precio por encima de dicho índice para cada nueva anualidad con el fin de conservar el nivel de calidad de la prestación de su servicio en relación a los incrementos de los costes experimentados por la propia empresa, el sector o derivados de normas imperativas de la Administración Pública competente.
    3. El importe será satisfecho con tarjeta de crédito y deberá ser satisfecho dentro del primer mes de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. Ariston se reserva el derecho a dar servicio si, a su vencimiento, el usuario no hubiese efectuado el pago de este contrato.
    4. La firma o la posesión del presente contrato no implica ni presupone el pago del mismo, el cual se acreditará con el recibo o justificante bancario.
  12. MOTIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO
    1. Cada una de las partes podrá dar por resuelto este contrato si la otra incumpliera sus obligaciones. En particular, Ariston podrá resolverlo si el usuario modifica los datos generales de la instalación, del aparato o su domicilio.
    2. Si el usuario o cualquier tercero, no autorizado por Ariston, manipulara la instalación o el aparato, Ariston podrá resolver el contrato. En ese caso, Ariston quedará exento de cualquier responsabilidad frente al cliente o terceros, así como de todo daño directo o indirecto que a partir de dicha manipulación pudiera ocasionarse.
IMPORTANTE – ESTE PLAN DE MANTENIMIENTO ES VÁLIDO PARA TODO EL TERRITORIO ESPAÑOL A EXCEPCIÓN DE LAS ISLAS CANARIAS, DONDE LA GARANTÍA VIENE CUBIERTA POR LOS DISTRIBUIDORES LOCALES. CONDICIONES DE EXTENSIÓN DE GARANTÍA SÓLO VÁLIDAS PARA LA INSTALACIÓN EN EL DOMICILIO ESPECIFICADO EN ESTE DOCUMENTO.

NO OLVIDE CONSERVAR EL CONTRATO DE COMPRA COMO JUSITFICANTE DE OBTENCIÓN DE LA EXTENSIÓN DE GARANTÍA DE SU PRODUCTO

Extensiones de Garantía

EXTENSIÓN DE GARANTÍA Con ello OBTIENE:

  • CINCO AÑOS de cobertura total de mano de obra y desplazamientos en todas las intervenciones realizadas por el SAT Oficial como consecuencia de una avería del producto, desde la fecha de adquisición del mismo.
  • CINCO AÑOS de cobertura total de piezas de recambio originales empleadas durante las intervenciones realizadas por el SAT Oficial como consecuencia de una avería del producto, desde la fecha de adquisición del mismo.
  • CINCO AÑOS contra todo defecto de corrosión producido en el calderín en los modelos con ánodo Protech (corriente impresa) y CINCO AÑOS en los de magnesio.

Con las siguientes CONDICIONES:

  1. Se cumpla con las condiciones y limitaciones establecidas en el Certificado de garantía.
  2. El producto esté instalado siguiendo la normativa vigente y lo establecido en el manual de instalación del aparato.
  3. El producto debe estar instalado y conectado a todos los suministros.
  4. El mantenimiento del ánodo de magnesio se haya realizado según las normas descritas en el folleto de instrucciones. Especialmente para los productos NO DOTADOS del ánodo electrónico PRO TECH cuyo mantenimiento ha de ser bienal.
  5. Las reparaciones durante el período de la garantía deberán ser realizadas exclusivamente por personal de nuestros servicios técnicos oficiales de ARISTON.
  6. En los productos dotados de ánodo Protech, si el defecto consiste exclusivamente en una perforación del calderín, el servicio técnico tramitará la sustitución del mismo por uno nuevo del mismo tipo siendo todos los gastos derivados, (montaje y desmontaje) a cargo del usuario una vez vencida la cobertura total y esté dentro del plazo de cobertura de calderín.
  7. Cualquier avería será notificada a ARISTON THERMO ESPAÑA, S.L.u para poder gestionar con el SAT Oficial correspondiente.
  8. El defecto debe ser puesto en conocimiento del servicio técnico oficial como máximo en ocho días desde su conocimiento.
  9. El defecto debe ser reconocido como tal por un servicio técnico oficial por ARISTON THERMO ESPAÑA, S.L.u
  10. En el caso de sustitución del producto, por cobertura de su extensión de garantía, sobre el nuevo producto no se iniciará un nuevo período de garantía, siendo la fecha de referencia la de inicio del primer producto.
  11. La solicitud de la extensión de garantía debe haberse realizado durante los 15 primeros días después de la adquisición del producto.
  12. El registro de la extensión de garantía debe tramitarse con los datos del usuario que posee el producto.
  13. La extensión de garantía deberá haber sido validada por ARISTON THERMO ESPAÑA, S.L.u

LIMITACIONES
Este equipo sirve para producir agua caliente sanitaria a una temperatura inferior a la de ebullición, la presente garantía sólo será válida en esa aplicación. Cualquier otro uso diferente no está permitido, en especial no se prevé el uso del aparato en ciclos industriales y/o instalación en ambientes con atmosfera corrosiva o explosiva.

No se otorga ninguna garantía respecto al normal desgaste por uso del Producto. En relación con las piezas, componentes y/o materiales fungibles o consumibles como pilas, bombillas, ánodos de magnesio, etc. se estará a lo dispuesto en la documentación que acompañe al producto, en su caso.

La garantía no cubre aquellos casos en que el Producto: (i) haya sido objeto de un trato incorrecto; (ii) haya sido reparado, mantenido o manipulado por persona no autorizada o (iii) haya sido reparado o mantenido con piezas no originales. Igualmente, la garantía no cubrirá aquellas faltas de conformidad del Producto tenga su origen en: (i) problemas relacionados con alguno de los suministros a los que está conectado el producto (agua, electricidad, gas u otros análogos), tales como un exceso o defecto de presión o voltaje, o el suministro de gas inadecuado (ii) a causa del hielo (iii) por causas meteorológicas (caso de tormentas), rayos o inundaciones (iv) sobretensiones (v) contaminación electro-magnética, corrosión galvánica a causa de la instalación sin manguitos electrolíticos (vi) daños causados por no haber sido instalada la válvula de seguridad o conducido correctamente el tubo de descarga a un desagüe o (vii) daños por falta de reductor de presión en aquellos casos que superen los valores indicados en los manuales, (viii) errores en la instalación de los conductos de aire, (ix) mala ventilación del local, (x) una incorrecta instalación, o incumpliendo las distancias mínimas definidas en el manual de instalación para las tareas de mantenimiento (xi) instalación en la intemperie, (xii) la retirada o modificación de muebles para poder realizar la revisión o reparación del aparato, (xiii) el producto se utilice en presencia de aguas con una dureza permanente inferior a 12ºF y nunca superior a 25ºF, (xiv) requiera de una intervención para la descalificación del mismo (xv) valores de conductividad del agua fuera de los límites marcados en la documentación del producto, (xvv) uso de aguas de pozo, (xvii) funcionamiento en seco del producto (sin contenido de agua).

IMPORTANTE - ESTA GARANTÍA ES VÁLIDA PARA TODO EL TERRITORIO ESPAÑOL A EXCEPCIÓN DE LAS ISLAS CANARIAS, DONDE LA GARANTÍA VIENE CUBIERTA POR LOS DISTRIBUIDORES LOCALES. CONDICIONES DE EXTENSIÓN DE GARANTÍA SÓLO VÁLIDAS PARA LA INSTALACIÓN EN EL DOMICILIO ESPECIFICADO EN ESTE DOCUMENTO.

NO OLVIDE CONSERVAR EL CONTRATO DE COMPRA COMO JUSITFICANTE DE OBTENCIÓN DE LA EXTENSIÓN DE GARANTÍA DE SU PRODUCTO

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